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Cómo inscribirse tras la modificación que se efectuó en el programa de los Créditos Procrear

22 de septiembre 2023

Los Créditos Procrear que permiten acceder a un préstamo hipotecario a tasa subsidiada para comprar la casa propia en uno de los desarrollos estatales aumentaron los montos de financiamiento, con anticipos para los beneficiarios. Los titulares que hayan salido sorteados tendrán un anticipo del 30% y el anticipo se hará en cuatro desembolsos. Los valores se actualizarán en UVIs (Unidades de Viviendas).

Procrear II 2023: ¿cómo son los créditos?
Los créditos hipotecarios del Procrear II son a tasa fija en base al coeficiente Casa Propia como fórmula de actualización y con plazos máximos de hasta 30 años.

Según explican desde el Gobierno, el coeficiente Casa Propia “tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período”.

“Además, al reconocer que el aumento de los salarios puede variar según la rama de actividad, incorpora el Coeficiente de Variación Salarial con un aforo del 0,9”, suman.

Procrear II 2023: los requisitos para anotarse al sorteo
Para la inscripción tanto general como para jóvenes, los requisitos son los siguientes:

No haber resultado beneficiado con planes de vivienda en los últimos 10 años;
No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción;
Contar con DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica vigente de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite;
Ser argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país;
Inscripción General: tener entre 36 y 64 años inclusive;
Destino Joven: tener entre 18 y 35 años inclusive;
Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero;
Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder;
Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente -tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente- entre 1 y 10 salarios mínimos;
Demostrar, como mínimo, 12 meses de continuidad laboral registrada;
No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve meses;
No encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial;
No registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco años;
No registrar embargos;
No registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra;
Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente;
El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los siguientes vínculos, los cuales deberán encontrarse registrados: Matrimonio, Unión convivencial o Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados.

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